El Poder por escritura pública es un acto mediante el cual una persona natural otorga voluntariamente a otra, facultades para que actúe en su nombre y representación. Se pueden otorgar facultades de disposición (compraventa de inmuebles o vehículos), financieras o bancarias, e incluso procesales.
Los requisitos generales para su formalización son:
Los requisitos generales para su formalización son:
El trámite de Sucesión Intestada se realiza cuando una persona fallece sin haber conferido testamento. Tiene el propósito de acreditar a los herederos.
Los requisitos generales para su formalización son:
Verificar si los datos en las partidas están completos y correctos, una vez revisado solicitar en SUNARP:
Los certificados no deben pasar de los 7 días de haber sido emitidos por SUNARP.
Tiempo de trámite 1 mes y medio.
Mediante el régimen patrimonial de separación de patrimonios, cada cónyuge separa y conserva a plenitud la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros, percibiendo para sí los frutos y productos de dichos bienes y respondiendo con ellos de sus propias deudas.
La separación puede ser anterior al matrimonio, en cuyo caso rige a partir de su celebración, o durante éste, sustituyendo el existente, con vigencia desde la fecha de inscripción en el Registro de Personas Naturales.
Los requisitos generales para su formalización son:
Inmuebles:
Muebles:
En Perú, los futuros cónyuges pueden optar entre dos regímenes patrimoniales: la sociedad de gananciales o la separación de patrimonios. En caso deseen contraer matrimonio por separación de patrimonio la elección del régimen se puede hacer antes o después de la celebración del matrimonio.
Los requisitos generales para su formalización son:
La unión de hecho, conocida también como concubinato o relación de convivencia, es una forma de unión voluntaria realizada y mantenida por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, destinada a alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio; el cual origina entre los convivientes, una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuere aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos.
La unión de hecho puede demostrarse por cualquier medio siempre que exista un principio de prueba escrita. La unión de hecho termina por muerte, ausencia, mutuo acuerdo o decisión unilateral.
Los requisitos generales para su formalización son:
Los requisitos generales para su formalización son:
LOS REQUISITOS GENERALES SON:
PARA LA PRIMERA ETAPA - SEPARACIÓN CONVENCIONAL SE REQUIERE:
PARA LA SEGUNDA ETAPA - DIVORCIO ULTERIOR
Para obtener el Divorcio Ulterior debes solicitarlo en la misma notaría en la que se llevó a cabo tu Separación Convencional. Asimismo, deben haber pasado como mínimo 2 meses desde que se declaró la separación mediante el acta notarial.
Los requisitos generales para su formalización son:
TIEMPO TOTAL: 2 MESES Y 1/2
El patrimonio familiar es la afectación de un inmueble para que sirva de casa habitación a miembros de una familia o para que esté destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio como fuente de recursos que asegure su sustento.
El patrimonio familiar no puede exceder de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios. Es inembargable, inalienable y transmisible por herencia.
La constitución del patrimonio familiar no transfiere la propiedad de los bienes del que lo constituye a los beneficiarios, quienes adquieren sólo el derecho de disfrutar de aquellos.
Para constituir un patrimonio familiar es requisito esencial no tener deudas cuyo pago sea perjudicado por su constitución.
Los requisitos generales para su formalización son:
Los requisitos generales para su formalización son:
Extinción de Patrimonio Familiar
Se presenta a la Notaría:
La minuta firmada por los beneficiarios y autorizada por abogado indicado la norma y el inciso respectivo por el que se sustenta el pedido, adjuntándose las partidas que acrediten el vínculo con los constituyentes, copia literal del inmueble actualizada y certificado de cargas y gravámenes del predio.
Publicación
Se publica un extracto de la solicitud en el diario oficial y otro de gran circulación.
Escritura Pública
Luego de 10 días útiles, sin que medie oposición el notario elevará a escritura pública la minuta, insertando las partidas y los avisos publicados.
Una vez que cuenten con todos los documentos se revisarán los mismos para aprobar su ingreso a kardex.
Duración
30 días útiles.
Sólo se tramitan ante el notario la adopción de personas mayores de edad, con capacidad de goce y de ejercicio. La solicitud para iniciar el trámite tendrá la forma de minuta, aunque de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 26965 no es exigible, pero se seguirá de conformidad con el trámite de asunto no contencioso.
Los requisitos generales para su formalización son:
Los requisitos generales para su formalización son:
Los requisitos generales para su formalización son:
IMPORTANTE: La solicitud debe ser firmada por SU TITULAR de ser Partida de Nacimiento; por cualquiera de LOS CÓNYUGES de ser Part. De Matrimonio, o por cualquier pariente hasta el 4to grado de consanguinidad o 2do de afinidad de ser Part. de Defunción.
DURACIÓN
30 Días Aprox